por Qatar » 04 May 2015 14:15
Buenas tardes.
Con respecto a los permisos por traslado de domicilio, viene modificado, Acuerdo de 9 de julio de 2013, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el acuerdo de la Mesa General de Negociación Común del personal funcionario, estatutario y laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, de 3 de junio de 2013, sobre medidas en materia de jornada laboral, ausencias y permisos para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las empleadas públicas y empleados públicos.
2. Permiso por traslado de domicilio.
Por traslado de domicilio sin cambio de localidad de residencia, podrá concederse permiso de un día, que será de dos días si el traslado tuviera lugar a otra localidad y de tres días si supusiera cambio de provincia.
Buena labor la que hacéis en este foro y en los centros de trabajo, en defensa del personal laboral.
Contad con mi apoyo y mi VOTO.