educador centros sociales. Para Rafa

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Re: educador centros sociales. Para Rafa

Notapor FLO » 03 Feb 2010 00:14

AQUÍ TIENES UN MODELO REAL REALIZADO POR UN GRUPO DE D.U.E.s de Almería. Sólo tienes que cambiar las notas de corte y si quieres añadir algo más que consideres.


A LA COMISIÓN DE SELECCIÓN DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS DE ACCESO A LA CONDICIÓN DE PERSONAL LABORAL FIJO POR EL SISTEMA DE CONCURSO OPOSICIÓN EN LA CATEGORÍA DE DIPLOMADO EN ENFERMERÍA (2020) CONVOCADAS POR ORDEN DE 7 DE MAYO DE 2009 (BOJA Nº 98, DE 25 DE MAYO DE 2009).



Dº/ª , con DNI ‘’’’, con domicilio para notificaciones en c/ Código Postal ............. localidad......................., , ante la Comisión de Selección señalada como mejor proceda, DIGO:


Que el 26 de enero de 2010 se publicó acuerdo de la Comisión de Selección a la que me dirijo por la que se establece que el número de aciertos netos (A-E/4) necesario para la obtención de 27,50 puntos es de 68,00 para la primera parte del ejercicio y de 13,25 para la segunda parte.


Que lo que establece la Base Tercera 2.1 de la Orden de Convocatoria es lo siguiente:

“la Comisión de Selección, teniendo en cuenta todas las circunstancias y para el mejor cumplimiento de su cometido, queda facultada para determinar, con anterioridad a la identificación de los/las participantes, el número mínimo de respuestas acertadas para obtener los 27,50 puntos”.

Sin embargo, la Comisión de Selección no ha respetado las mismas Bases de la Convocatoria por cuanto la “nota mínima” de referencia se publica a la vez que la lista de aprobados de la fase de oposición. Además no se justifica cuáles son las circunstancias que se han tenido en cuenta, pues tratándose de un acto administrativo debe estar motivado, sobre todo si afecta de plano a los intereses y derechos de todos los participantes y en concreto a los míos.

Por otro lado, las Bases hablan de que la Comisión puede establecer un número mínimo de “respuestas acertadas” para entender que se ha llegado al mínimo de puntuación exigida por las Bases, que es 27,5. Pero lo que hace la Comisión es confundir entre número mínimo de respuestas acertadas y número de aciertos netos. La fórmula de A-E/4 sirve para establecer la puntuación final, pero no para determinar las respuestas acertadas a tener en cuenta.


En su virtud


SOLICITO que, teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo y que, tenga por formulada oposición al Acuerdo de 26 de enero de 2010, y, previos los trámites correspondientes retrotraiga las actuaciones administrativas para dar correcto cumplimiento a las Bases de la Convocatoria.

Que en atención a lo establecidos en el artículo 111 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre dado que los perjuicios que pueden causarse al recurrente, otros participantes y al mismo funcionamiento de la Administración Pública, es por lo que se interesa la suspensión cautelar del proceso selectivo de puestos vacantes.


Almería 1-2-2010


Fdo.
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Re: educador centros sociales. Para Rafa

Notapor pablodavid » 03 Feb 2010 15:58

gracias por tu ayuda e información. por otro lado tengo que decir que todavía tiene que publicarse la resolución con el período de reclamación y hasta entonces no se pueden presentar las reclamaciones, según mi sindicato.
pablodavid
 
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Re: educador centros sociales. Para Rafa

Notapor Rafa Rivero » 03 Feb 2010 16:58

Contra la lista de aprobados en el examen las bases no contemplan periodo de reclamación, solo está contemplado contra la lista de adjudicatarios, lo que cabría en este caso es un recurso de alzada, previo a la interposición de un contencioso-administrativo, contra una decisión, (la lista de aprobados y nota de corte) de un órgano administrativo (la comisión) que pudiera interpretarse contrario a las bases del concurso-oposición. En todo caso creo que en estos temas se debería consultar con un abogado especialista en derecho administrativo que explique la posible reclamación en este momento del proceso.
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Re: educador centros sociales. Para Rafa

Notapor FLO » 04 Feb 2010 19:01

pablodavid escribió:gracias por tu ayuda e información. por otro lado tengo que decir que todavía tiene que publicarse la resolución con el período de reclamación y hasta entonces no se pueden presentar las reclamaciones, según mi sindicato.


El recurso de alzada sí que se puede interponer contra los actos de trámite si estos pueden perjudicar significativamente al interesado.

[color=#0080FF]¿QUÉ RESOLUCIONES Y ACTOS PUEDEN SER RECURRIDOS MEDIANTE EL RECURSO DE ALZADA?

Las resoluciones y los actos de trámite, si éstos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, cuando no pongan fin a la vía administrativa, pudiendo fundamentarse en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de la Ley.
[/color]


Un saludo.
FLO
 
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Re: educador centros sociales. Para Rafa

Notapor FLO » 30 Mar 2010 13:32

Bueno pablodavid veo que el hilo del que te hablaba ya estabas al tanto de ello. De todas formas lo vuelvo a subir. Un saludo.
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