Para Rafa Rivero

Foro para atender todas las consultas sobre las cuestiones relativas al personal laboral de la Junta de Andalucía

Para Rafa Rivero

Notapor cocoliso » 24 Feb 2010 17:03

Buenas tardes:

Rafa solicite hace mas de un mes unos dias de asuntos particulares, se lo entregué a la directora del centro, y esta a su vez lo envió a delegación de educación, despues de leer otro post en el cual decia que si pasado un mes se podia considerar como silencio administrativo y asi darlo como concedido pensé que me lo habia concedido por mencionado motivo pero no, pues me han dicho que le ha llegado una nota de delegación la cual dice que es la dirección del centro el que debe de consederme los permisos.

Tenemos 8 dias al año para solicitar dias de asuntos propios retribuidos corrigeme si me equivoco.

Es la primera vez que solicito unos permiso por asuntos propios, es normal esa forma de actuar por parte de delegación?

Que puedo hacer si la dirección del centro me lo denegase?

Darte las gracias de ante mano, un saludo?
cocoliso
 
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Re: Para Rafa Rivero

Notapor Rafa Rivero » 25 Feb 2010 17:49

En relación con tu consulta y dev acuerdo con la información que aporta Flo el silencio administrativo superior a un mes supone en el tema de los asuntos propios quec estan concedidos. La concesión de los mismo corresponde por delegación de competencias a los directores de los centros pero en este caso tu le presentaste la solicitud a la dirección el que la dirección desconozca si le corresponde o no y haya enviado la petición a la Delegación no es problema tuyo tu has hecho la solicitud de forma correcta.
Rafa Rivero
 
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Re: Para Rafa Rivero

Notapor FLO » 25 Feb 2010 20:30

EFECTOS DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO
De conformidad con lo establecido en los artículos 42 y 43 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, transcurrido el plazo de 1 mes o de 15 días, en caso de solicitud de permiso por asuntos propios, sin que se haya dictado y
notificado resolución expresa, se entenderá ESTIMADA la solicitud.


Son 15 días el silencio administrativo positivo en el caso de asuntos propios. Normalmente no debe ponerte muchas trabas en cogerte los asuntos particulares. Quizá es que no está muy acostumbrada a estas cosas la dirección de tu centro. ¡!

Si se pone la cosa tensa. Pues, ve solicitando todos los días que tengas y darle registro de entrada, y espera la RESOLUCIÓN DE NO AUTORIZACIÓN que ha de darte.
Contra esta resolución cabe Reclamación previa a la vía judicial laboral de conformidad con lo establecido en los arts. 69 de la Ley de Procedimiento Laboral y 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

En fin, que lo mejor es que lo hables con tu dirección y no creo que te ponga más pegas, de lo contrario pues tendrás que establecer una estrategia, incluso que puede llegar a la denuncia. No creo que sea necesario. Un saludo.
FLO
 
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