turnos

Foro para atender todas las consultas sobre las cuestiones relativas al personal laboral de la Junta de Andalucía

turnos

Notapor jcouto » 19 Ene 2010 13:20

Hola, soy ordenanza con plaza fija en un centro educativo, mi compañero que hacia las tardes se ha jubilado, han enviado una señora de la bolsa.

Mi pregunta es :

esta nueva compañera siendo temporal, puede obligar a que hagamos turnos, o bien solo lo podria hacer si fuera fija con plaza definitiva en mi centro?.

Gracias
jcouto
 
Mensajes: 59
Registrado: 19 Ene 2010 13:15

Re: turnos

Notapor FLO » 19 Ene 2010 17:22

Si en la rpt del puesto se contempla la jornada a turnos, pues tendrá que hacer lo mismo que los demás, o sea turnos, en las mismas condiciones que los fijos. Su contrato en cuanto a funciones, derechos y deberes en el trabajo son los mismos que la del fijo. Un saludo.
FLO
 
Mensajes: 4651
Registrado: 27 Mar 2009 19:16

Re: turnos

Notapor jcouto » 19 Ene 2010 17:57

En la RPT no viene nada de turnos
jcouto
 
Mensajes: 59
Registrado: 19 Ene 2010 13:15

Re: turnos

Notapor omero10 » 19 Ene 2010 21:01

jcouto escribió:En la RPT no viene nada de turnos

Pues si en la Rpt de los que trabajais ahi no dice nada de turnos,ni nocturnidad"en caso de que tambien trabajeis de noche"estais perdiendo dinero,creo que son unos 50 euros al mes por cada una,osea que si haceis las dos cosas"turnos y nocturnidad"estais perdiendo unos 100euros mensuales.Por lo tanto,si no habeis pactado con el centro otro sistema de compensació"dias de vacaciones,reducción de horario,etc"estais perdiendo dinero,y en el caso de que este pacto no exista le teneis que decir al centro que,o dan algo a cambio"tendreís que estar todos de acuerdo,y a la larga habrá lios porque vendrá gente que ese pacto no le interesa,o le decis al centro que os negais a trabajar asi hasta y que si quieren seguir con este sistema,deben solicitar creo que a función publica"viene en el convenio y creo que hay plazos"que adapten la RPT a las condiciones laborales reales"las que estais haciendo"
omero10
 
Mensajes: 364
Registrado: 24 Jun 2009 09:36

Re: turnos

Notapor jcouto » 19 Ene 2010 21:55

Por lo visto no me explico bien, o no has entendido mi pregunta, la cuestion es que yo con plaza y mi antiguo compañero (jubilado), no haciamos turnos porque el queria estar de tarde y yo de mañana.

La pregunta es que si esta señora que ha llegado ahora de la bolsa (temporal), puede obligarme a que nos turnemos.

Gracias.
jcouto
 
Mensajes: 59
Registrado: 19 Ene 2010 13:15

Re: turnos

Notapor FLO » 19 Ene 2010 22:07

El convenio dice lo siguiente:
(De manera que si hay que hacer turnos, o jornadas de tarde creo que deberían reflejarse en la rpt)

4.1. Jornada a turnos.
4.1.1. En aquellos centros de trabajo en que por la naturaleza del servicio prestado cabe una organización del trabajo en equipo según la cual el personal desempeña sucesivamente las mismas funciones o tareas, según un cierto ritmo, continuo o discontinuo, habrá de implantarse la jornada a turnos, dando lugar al establecimiento de la rotación por parte de todo el grupo laboral afectado.
4.1.2. La realización de la jornada a turnos dará derecho a la percepción del complemento por turnicidad en la cuantía que figura en el Anexo VIII del presente Convenio.
4.1.3. Los servicios prestados en el turno de noche serán retribuidos, asimismo, con el complemento de nocturnidad.
4.1.4. Cuando la realización de la jornada concreta en el sistema de trabajo a turnos implique la prestación de servicios en domingo o festivo, se percibirá además el complemento por trabajo en domingos o festivos, salvo que se opte por un descanso adicional de siete horas, computables como de trabajo efectivo y que se podrá unir al período de vacaciones. Cuando la realización de la jornada a turnos implique la prestación de servicios en sábado se percibirá el complemento por trabajo en domingos o festivos, sin que se genere el derecho al descanso adicional de siete horas.
4.1.5. En ningún caso se podrá modificar el orden de los turnos a realizar por el personal, salvo causa de fuerza mayor que será comunicada a los representantes del personal o permuta con otro trabajador, siendo necesario en este último caso, la previa autorización de la persona responsable del centro de trabajo.
4.1.6. La duración de los turnos en la jornada de mañana, tarde y noche no podrá exceder de diez horas. En todo caso, el cómputo anual de los turnos referidos no podrá superar el límite fijado para la jornada máxima establecida.
No se permanecerá en el turno nocturno más de dos semanas consecutivas, salvo
adscripción voluntaria.
FLO
 
Mensajes: 4651
Registrado: 27 Mar 2009 19:16

Re: turnos

Notapor yonatan » 19 Ene 2010 22:13

jcouto escribió:Por lo visto no me explico bien, o no has entendido mi pregunta, la cuestion es que yo con plaza y mi antiguo compañero (jubilado), no haciamos turnos porque el queria estar de tarde y yo de mañana.

La pregunta es que si esta señora que ha llegado ahora de la bolsa (temporal), puede obligarme a que nos turnemos.

Gracias.

No te pueden obligar ni esta señora ni nadie a turnarte. Es la Dirección del Centro a través de la Delegación de Educación la que tiene que resolver quién hará la tarde. Si tu compañero se adscribió voluntariamente y ahora se ha jubilado no es vuestro problema. La RPT de ese Centro y de prácticamente todos los IES es de mañana de 8 a 3 todo lo demás son inventos (jornada de tarde, nocturnidad etc.) y los inventos hay que pagarlos si les interesa, si no niegate estás en tu derecho. En mi Centro nos negamos todos a hacer turnos(porque la Delegación se niega a pagarlos) y como nadie queria el turno de tarde la Delegación decidió a través de un escrito que la persona con menos antigüedad debía realizar el turno de tarde-noche. Esa persona no podía negarse pero denunció (a veces se gana y otras se pierde). Un curso estuvimos haciendo turnos y nos lo pagaron y la última vez nombraron a la más "nueva" de tarde. Que lo resuelva el Director. Suerte
yonatan
 
Mensajes: 4
Registrado: 19 Ene 2010 18:45

Re: turnos

Notapor FLO » 29 Ene 2010 17:48

[/quote]
No te pueden obligar ni esta señora ni nadie a turnarte. Es la Dirección del Centro a través de la Delegación de Educación la que tiene que resolver quién hará la tarde. Si tu compañero se adscribió voluntariamente y ahora se ha jubilado no es vuestro problema. La RPT de ese Centro y de prácticamente todos los IES es de mañana de 8 a 3 todo lo demás son inventos (jornada de tarde, nocturnidad etc.) y los inventos hay que pagarlos si les interesa, si no niegate estás en tu derecho. En mi Centro nos negamos todos a hacer turnos(porque la Delegación se niega a pagarlos) y como nadie queria el turno de tarde la Delegación decidió a través de un escrito que la persona con menos antigüedad debía realizar el turno de tarde-noche. Esa persona no podía negarse pero denunció (a veces se gana y otras se pierde). Un curso estuvimos haciendo turnos y nos lo pagaron y la última vez nombraron a la más "nueva" de tarde. Que lo resuelva el Director. Suerte[/quote]


¿Yonatan tendrías copia de ese escrito? ¿Si es así, podrías enviármelo a mi correo? florencio.rojo@ustea.net. Gracias.
FLO
 
Mensajes: 4651
Registrado: 27 Mar 2009 19:16

Re: turnos

Notapor larobal » 29 Ene 2010 21:03

Este problema viene pasando en la delegacion de educacion toda la vida, esta señora compañera nueva no puede obligarte ya que no es más que una compañera; Quien te obligar a realizar turnos es la dirección del centro ordenada por tu jefe de personal de la delegación, tu respuesta es facil, Si no quieres hacer turnos, no los hagas quedate en tu horario normal que es de 8 a 15 horas, ahora, si esta señora no quiere quedarse fija de la tarde, tiene todo el derecho a reclamar y realizar turnos o viceversa.
Te recuerdo que estas perdiendo 168 euros mensuales de jornada a turnos, la delegación paga normalmente 50 euros de jornada de tarde al fijo de tarde, para ahorrarse estos 168 euros a todo el personal que realice los turnos, que suele ser la plantilla completa de ordenanzas.
Lo mejor es que acudas a tu sindicato.
larobal
 
Mensajes: 84
Registrado: 03 Nov 2009 01:04

Re: turnos

Notapor larobal » 29 Ene 2010 21:06

Como te puedes explicar que la RPT solo exista en horario normal o sea de 8 a 15 horas si el horario del centro es de 8 a 23 horas.
Debes reclamar que se actualice la RPT y mientras realizar jornadas a turnos todo el personal del centro, seria lo normal.
larobal
 
Mensajes: 84
Registrado: 03 Nov 2009 01:04


Volver a Foro de Información General

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 17 invitados