Hola a todos, quisiera que me informarais sobre la reduccion de jornada en feria, navidades, semana santa, y vacaciones. Segun el convenio, ¿es para todo el personal?segun entiendo yo, si. ¿o solo para los jefes de departamento?. Por favor aclararmelo. Os pongo lo que pone en el convenio
Artículo 29. Disposiciones comunes.
3. El personal verá reducida la jornada en los siguientes términos:
- Durante cuatro días al año en la feria local, se reducirá en una hora a la finalización de la misma
- Durante el periodo navideño (desde el día 24 de diciembre al 6 de enero), y durante la Semana Santa, la jornada de trabajo se reducirá en una hora a la finalización de la misma.
- Durante el periodo estival comprendido entre el 1 de julio y el 15 de septiembre, la jornada de trabajo se reducirá en media hora a la finalización de la misma.
Estas reducciones serán también de aplicación al personal que trabaja a turnos y en horario fijo distinto al ordinario. Si la organización de dichas jornadas lo impidiera, podrán disfrutarse en cómputo anual, pudiéndose acumular al periodo vacacional si las necesidades del servicio lo permiten.